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El Burgo educa

YA TENEMOS CANDIDATOS.

YA TENEMOS CANDIDATOS.

Hasta el día 15 hubo plazo para la presentación de candidatos para ser representantes de padres en el Consejo Escolar. Hoy día 20, la junta electoral ha hecho públicos los nombres de los candidatos que se han propuesto para ser elegidos por todos nosotros.

El día 17 comentaba en un artículo que me daría por satisfecho si se presentaban 4 o más y que me gustaría que uno fuera de Mediana. Pues parece que el destino me haya hecho caso. Exactamente eso es lo que ha sucedido hoy.

Cuatro personas, padres o madres de este CRA María Moliner, han dado un paso adelante y han dicho que querían participar en la gestión del colegio con el único interés de mejorar la educación para todos los escolares, no solo para sus hijos.

Además sin garantías de ser elegidos, ellos se proponen para que los votemos solo si lo creemos conveniente. Creo que hay que reconocerles una buena dosis de generosidad.

También se ha cumplido la segunda parte. Una madre de Mediana se presenta como candidata. Creo que esto no había pasado nunca.

En el Burgo hay en torno a 150 niños y en Mediana unos 34. De los aproximadamente 266 padres electores tan solo un minoría corresponden a padres de Mediana. Esto se traduce en que por votos es muy difícil que un padre de Mediana resulte elegido, por eso es normal que no salieran candidatos nunca aunque sea justo y necesario que los padres de Mediana tengan representación en el Consejo Escolar del CRA.

Según tengo entendido, en esta ocasión, el último día de plazo, entre un grupo numeroso de madres, sortearon quién podría presentarse candidata y la boleta señaló a Marta. Es curioso por que Marta era madre en el Burgo hasta el año pasado y conoce por lo tanto ambos centros y podría aportar ideas particulares para ambos sitios además de la generales para el CRA.

No hay que olvidar otro dato. Como ya comenté en el articulo de lo que decía la LOE sobre los Consejos Escolares:

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CAPÍTULO III
Organos colegiados de gobierno y de coordinación docente de los centros públicos
SECCIÓN PRIMERA. CONSEJO ESCOLAR
Artículo 126. Composición del Consejo Escolar.

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3. Uno de los representantes de los padres en el Consejo Escolar será designado por la asociación de padres más representativa del centro, de acuerdo con el procedimiento que establezcan las Administraciones educativas.
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Hasta esta ocasión nuestra Asociación de Madres y Padres de Alumnos, AMPA, nunca había hecho uso de este posibilidad que ha figurado siempre en todas las legislaciones de educación. Si en esta ocasión hay un Consejero designado por el AMPA tendríamos 4 candidatos para solo 3 vacantes de representantes de padres en el Consejo Escolar y seguramente uno de los cuatro candidatos quedará como suplente.

Sean cuales sean los resultado de las elecciones del día 29 estoy seguro que Antonio, Tere, Eva y Marta se merecen todo nuestro agradecimiento.

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